#NoticiasRBN || 馃帀 ¡Malambo est谩 de fiesta! 馃帀 Conoce las nuevas medidas de seguridad para disfrutar las fiestas patronales con tranquilidad 馃毃



Del 13 al 22 de julio, se proh铆be circulaci贸n de motocicletas con parrillero hombre, en horario de 10 de la noche hasta las 5 de la ma帽ana


La Alcald铆a de Malambo expidi贸 el decreto 123 del 8 de julio, por medio del cual se dictan y adoptan medidas policivas para garantizar el orden p煤blico, seguridad, convivencia ciudadana y la movilidad durante las fiestas patronales en honor a “Santa Mar谩 Magdalena”, y las festividades de la virgen del Carmen, en el corregimiento de Caracol铆.


Con la medida, tambi茅n se fijan los horarios de funcionamiento para los establecimientos donde se expenden bebidas alcoh贸licas en el municipio.


El decreto, dispone que a partir de este s谩bado 13 de julio, y hasta el lunes 22 del presente mes se proh铆be la circulaci贸n de motocicletas con parrillero hombre, en horario de 10 de la noche hasta las 5 de la ma帽ana.


Se except煤an de la aplicaci贸n de esta disposici贸n, los funcionarios de las fuerzas armadas, organismos de socorro, polic铆a judicial, organismo de tr谩nsito y transporte, los escoltas debidamente uniformados y carnetizados, los vigilantes y supervisores de empresas privadas, entre otros.





Nuevos horarios para establecimientos p煤blicos 

El horario para los establecimientos que se encuentren legalmente aprobados por la Secretar铆a de Gobierno del Municipio de Malambo, durante las solemnidades de la virgen del Carmen en el corregimiento de caracol铆, y “Santa Mar铆a Magdalena” quedar谩 as铆:


S谩bado 12 de julio: Hasta las 2:00 a.m. del d铆a domingo 13 de julio

Domingo 13 de julio: Hasta la 3:00 a.m. del d铆a lunes 14 de julio

Lunes 14 de julio: Hasta la 1:00 a.m. del d铆a martes 15 de julio

Martes 15 de julio: Hasta las 11:59 p.m.

Mi茅rcoles 16 de julio: Hasta la 1:00 a.m. del d铆a jueves 17 de julio

Viernes 18 de julio: Hasta la 1:00 a.m. del d铆a s谩bado 19 de julio

S谩bado 19 de julio: Hasta las 3:00 a.m. del d铆a lunes 21 de julio

Lunes 21 de julio: Hasta las 11:59 p.m

Martes 22 de julio: Hasta las 11:59 p.m


De igual forma, la determinaci贸n proh铆be consumo de bebidas embriagantes, uso de pic贸, utilizaci贸n de altoparlantes y amplificadores en tiendas, droguer铆as, estancos y en el espacio p煤blico. Adem谩s, se restringe la permanencia o circulaci贸n de ni帽os, ni帽as o adolescentes menores de dieciocho a帽os, cuando se encuentren sin la compa帽铆a de cualquiera de sus padres, representante legal o persona mayor responsable, en los lugares abiertos al p煤blico que funcionen como establecimientos de comercio, en los que se expendan bebidas embriagantes.


Sanciones y Multas 

Los lugares abiertos al p煤blico que incumplan los horarios establecidos y requisitos para funcionar como establecimientos de comercio, expendan bebidas embriagantes y operen clandestinamente perturbando la tranquilidad de las personas ser谩n sancionados conforme a lo previsto en la ley 1801 de 2016.


Para el caso del funcionamiento de pick up for谩neos, altoparlante y/o cabinas de sonido, adem谩s de los requisitos contenidos en la normatividad aplicable, deber谩 obtener concepto previo favorable de la Secretar铆a de Gobierno.


Por otra parte, con el decreto tambi茅n qued贸 estipulado que todo menor de edad que sufra quemaduras o cause da帽os producto de la manipulaci贸n (juegos pirot茅cnicos y/o bolas de candela, elementos contundentes) ser谩 puesto a disposici贸n de la Comisaria de Familia, la Unidad de Convivencia y Justicia – UCJ, y se impondr谩n los comparendos respectivos a los padres de familia del menor, en los t茅rminos establecidos en el art铆culo 14 de la Ley 1098 de 2006 y el art铆culo 38 la ley 1801 de 2016.





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